|
CIUDADANÍA
AUSTRÍACA
|
||
|
·
Otorgamiento a esposos/esposas ·
Caso especial „EMIGRACIÓN" - derivación
|
||
|
La Ciudadanía Austríaca se puede obtener por descendencia, por otorgamiento,
por extensión del otorgamiento, etc. DESCENDENCIA (ius sanguinis): ·
Desde el 1.9.1983 (día fijado por ley) todos los hijos legítimos (nacidos
a partir de dicha fecha) obtienen la ciudadanía automáticamente
por nacimiento, si uno de los padres fuese ciudadano austríaco/austríaca
en ese momento, ó tenía la ciudadanía austríaca si hubiese fallecido
antes del nacimiento del hijo. ·
Antes del 1.9.1983 la ciudadanía austríaca para hijos legítimos era únicamente
posible por descendencia por parte del padre. ·
Hijos ilegítimos obtienen automáticamente la ciudadanía austríaca si la
madre es ciudadana austríaca al momento del nacimiento, sin tomar en
consideración el lugar de nacimiento de la criatura ó la ciudadanía
del padre. OTORGAMIENTO: Válido para extranjeros que se han radicado en Austria
y que se quieren integrar plenamente al país, como también para esposos/esposas
de ciudadanos austríacos, para lo que se dan condiciones y plazos de
otorgamiento definidos. En casos puntuales es posible una extensión
de la ciudadanía que se otorga al cónyuge, a hijos menores de edad y
solteros. INFORMACIONES más detalladas sobre las posibilidades de la obtención
de la ciudadanía austríaca puede recibir - si no tiene domicilio permanente
en Austria - en la Embajada. En caso de vivir en Austria, las recibe
en los Departamentos de Ciudadanía de los Municipios correspondientes
a su domicilio permanente en Austria. PROCEDIMIENTO: El procedimiento legal para el otorgamiento de la
ciudadanía austríaca es realizado por el Gobierno Provincial correspondiente.
OTORGAMIENTO A ESPOSOS/ESPOSAS
La nacionalidad austríaca también puede ser otorgada a los cónyuges, siempre
que entre otras, se cumplan las siguientes condiciones: ·
al cabo de un año ininterrumpido de matrimonio y luego de una residencia
mínima también ininterrumpida de cuatro años en Austria, o ·
al cabo de por lo menos dos años ininterrumpidos de matrimonio y luego
de una residencia de tres años en Austria, o ·
al cabo de cinco años de matrimonio ininterrumpido, cuando el cónyuge
hace por lo menos diez años que posee la nacionalidad austríaca. IMPORTANTE: Tome en cuenta, que la tramitación de este tipo de solicitudes insume
actualmente entre uno y un año y medio de tiempo Tome en cuenta, que toda la documentación argentina requiere de una traducción
al idioma alemán (legalizalida), así como de la "Apostilla".
DOCUMENTOS NECESARIOS: ·
Solicitud escrita y personalmente firmada por el solicitante (informal)
de otorgamiento de la nacionalidad austríaca (+ firma legalizada) ·
Curriculum detallado, firmado y redactado en idioma alemán (precisiones
acerca de los lugares de residencia, formación, profesión, situación
familiar, etc.) ·
Foto tamaño pasaporte ·
Acta de nacimiento del solicitante y del cónyuge ·
Acta de matrimonio del solicitante ·
Copia del pasaporte argentino o del DNI ·
Carta de ciudadanía austríaca del cónyuge ·
Certificado de trabajo y de ingresos (reciente, del solicitante y/o del
cónyuge) ·
Certificado de buena conducta (reciente) ·
Constancia de servicio militar (si correspondiere) ·
Constancia de conocimientos del idioma alemán Tarifa: actualmente US$ 1.500,-.
En los casos que hay que retrotraerse a los antepasados (emigración) y
siempre que no exista una carta de ciudadanía („Staatsbürgerschaftsnachweis",
„Heimatschein", „Heimatrolle") del antepasado austríaco (bisabuelo/abuelo,
padre, etc), hay que constatar antes que nada, si el antepasado DESPUES
de la disolución del Imperio Austro-Húngaro (según el Tratado de Estado
de St. Germain del 16.7.1920) y ANTES del 13 de marzo 1938
(día fijado por ley) estaba registrado como ciudadano austríaco en algún
Municipio de la nueva República de Austria. Para poder constatar
esto es necesaria la presentación de la partida de nacimiento (es decir
los datos exactos del nombre, fecha de nacimiento y lugar de nacimiento
del emigrante). ·
La CONSULTA ante los Municipios para poder constatar la ciudadanía austríaca,
puede hacerse a través de la Embajada. ·
En aquellos casos que hubiesen dudas, se podría iniciar un PROCEDIMIENTO
DE AVERIGUACIÓN. Sobre esto decide el Gobierno Provincial correspondiente.
·
En la Embajada NO EXISTE un REGISTRO completo sobre emigrantes austríacos
en Argentina/Uruguay/Paraguay. Motivo por el cual cada caso debe ser
examinado por separado. Estas averiguaciones pueden durar- de acuerdo
al Municipio - hasta un año. ·
IMPORTANTE: Tenga presente que hasta el día fijado por ley: 1.9.1983 (fecha de nacimiento
del solicitante), básicamente la ciudadanía austríaca se obtenía ÚNICAMENTE
por descendencia del padre (abuelo, bisabuelo, etc). Desde el 1.9.1983
la ciudadanía austríaca se obtiene también por la madre. En caso de adquirir la ciudadanía argentina (uruguaya, paraguaya) por
expresa voluntad, se pierde automáticamente la ciudadanía austríaca
y tampoco se la puede otorgar a sus descendientes. CARTA
DE CIUDADANIA - EXTENSION La carta de ciudadanía es un documento que certifica, que una persona
posee la ciudadanía austríaca. EXTENSION: Si tiene domicilio permanente en Austria este documento es
emitido por el Municipio correspondiente a su domicilio. Si tiene domicilio
en Argentina, Uruguay o Paraguay este documento es emitido por la Embajada
de Austria en Buenos Aires. DOCUMENTOS NECESARIOS: ·
Partida de nacimiento del solicitante (hijo) y del padre o madre austríaco
·
Documento de identidad (DNI ó Cédula) del solicitante y del padre o madre
austríaco/a ·
Partida de matrimonio de los padres o partida de divorcio o de separación
(certificación de la tutela del menor) ·
Carta de ciudadanía actual (Staatsbürgerschaftsnachweis) ó anterior (Heimatschein
ó Heimatrolle) del padre o madre austríaco/a, (de ser necesario) partida
de defunción ·
Certificado „No Argentino" („No Uruguayo/No Paraguayo): cuando el
solicitante y/o antepasado no hubiese nacido en Argentina (Uruguay/Paraguay).
En Argentina se obtiene en el „Registro Nacional de las Personas":
25 de Mayo 245, Capital Federal (horario de atención: 8.00-12.30 hs).
Tarifa: TP 5.1
No es obligatorio el cambio de nombre en la carta de ciudadanía, pero
se solicita una carta de ciudadanía con el nombre actualizado cuando
se piden cambios de nombre en otros documentos (por ejemplo: Pasaporte).
DOCUMENTOS NECESARIOS: ·
Partida de matrimonio ·
partida de nacimiento ·
carta de ciudadanía ·
documento de identidad (DNI ó Cédula) Tarifa: gratis GUIA a través de las autoridades austríacas: (www.help.gv.at) |
||