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Preguntas Frecuentes sobre Trámites ante el Registro Civil. Información de www.justizia.net

En un matrimonio por poderes, debe comparecer el contrayente extranjero en el Consulado Español?
Sí, ya que una vez iniciado el expediente se envía el exhorto al Consulado Español más cercano al domicilio del contrayente extranjero, donde éste deberá hacer una comparecencia reservada prestando su consentimiento. (23/01/2003)

Puedo obtener un certificado de nacimiento sin saber dónde nació la persona?
No, porque para obtener un certificado de nacimiento es esencial conocer el lugar en que nació la persona cuya partida interesa, ya que será el Registro Civil o Juzgado de Paz de este lugar quien posea dicha certificación (23/01/2003)

Puedo solicitar certificados On-Line a los Registros Civiles desde el extranjero?
Sí; si los datos aportados por usted son correctos y no existe causa legal que lo impida, recibirá por correo ordinario, a la mayor brevedad posible, y sin que le suponga ningún coste, la certificación interesada (23/01/2003)

¿Cómo se hace efectiva en España una sentencia de divorcio dictada en Argentina?
A través de un trámite denominado “exequatur”. Para ello habrá de asegurarse, si contrajo matrimonio en Argentina, de que su matrimonio está registrado en el Registro Civil Central de Madrid
A continuación deberá interponer una demanda ante el Tribunal Supremo, necesitando para la realización de este trámite, la presencia de Abogado. (23/01/2003)

Si adapto mis apellidos al euskera; afectará este cambio a mis hijos?
Sí, deberá tener en cuenta que el cambio afectará a las personas sujetas a la patria potestad del solicitante, por lo que, los hijos mayores de edad (si los hubiera) deberán solicitar la adecuación por si mismos si les conveniera. (23/01/2003)

Estoy separada legalmente (no hay sentencia de divorcio) y he tenido un hijo con mi actual compañero; cómo registro a este niño?
Para proceder al registro de su hijo deberán personarse, debidamente identificados, los padres biológicos del niño (usted y su compañero) en el Registro Civil o Juzgado de Paz de su domicilio, o del lugar en que haya nacido el niño.
Asimismo, deberá aportar testimonio de la sentencia firme de separación (deben haber transcurrido más de trescientos días desde la separación legal o de hecho, porque, de lo contrario, el niño o niña se presumirá hijo o hija del marido conforme a lo dispuesto en el artículo 116 del Código Civil)
El nacimiento de su hijo no aparecerá en el Libro de Familia que usted puede tener en estos momentos, sino que se abrirá otro Libro que recoja este acontecimiento. (23/01/2003)

Necesito un certificado de divorcio; ¿puedo obtenerlo a través de JustiziaNET?
Sí. Para ello deberá solicitar un certificado literal de matrimonio en el que constará anotado su divorcio en inscripción marginal. (31/12/2002)

¿Puedo reconocer como propio el hijo de mi mujer?
No. La única persona que puede hacer el reconocimiento es el padre biológico del niño o niña. Lo que puede hacer es iniciar un procedimiento de adopción en el Juzgado de Familia. (29/11/2002)

Si tengo permiso de residencia, ¿debo solicitar el DNI?
Para poder solicitar el Documento Nacional de Identidad es necesario que la persona que ha obtenido el permiso de residencia, haya conseguido también la nacionalidad española (29/10/2002)

Me he casado en Andorra; ¿tiene efecto este matrimonio en España?
Para que un matrimonio civil celebrado en Andorra surta efectos en España, hay que proceder a su legalización, para lo cual habrá que inscribir este matrimonio en el Registro Civil Central de Madrid (14/10/2002)

¿Es posible inscribir en el Registro un matrimonio canónico celebrado por poder?
Sí; se inscribirá en el Juzgado de Paz o en el Registro Civil del lugar en que haya tenido lugar el matrimonio. (21/06/2002)

¿Es el DNI un documento válido para acreditar la nacionalidad española?
No, ya que el Documento Nacional de Identidad es un certificado meramente administrativo que no es válido para probar la nacionalidad española.
Para este particular deberá solicitar al Registro Civil de su domicilio el Certificado de Nacionalidad. (02/05/2002)

¿Puedo inscribirme en el Registro Civil con más de tres nombres?
No, puesto que el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil prohíbe expresamente la imposición de más de dos nombres simples o de uno compuesto. (23/04/2002)

¿Qué tengo que hacer si quiero reconocer mi paternidad?
El reconocimiento de paternidad podrá ser realizado ante el Encargado del Registro Civil, en escritura pública o testamento. Para que dicho reconocimiento surta efectos será necesario contar con el consentimiento expreso de su representante legal (madre o Ministerio Fiscal) y/o aprobacion judicial. (23/04/2002)

¿Qué requisitos debe cumplir un extranjero casado con española para solicitar la nacionalidad?
Deberá llevar un año casado estando inscrito el matrimonio en el Registro Civil y no estar separado legalmente ni de hecho.
Residencia legal en España durante un año.
(23/04/2002)

¿Qué tengo que hacer para que un matrimonio celebrado en Venezuela entre un español y un extranjero tenga efectos en España?
Deberá solicitar la inscripción del matrimonio en el Registro Civil Central, directamente, o a través del Registro Civil de su domicilio, aportando los siguientes documentos:

Certificado original del matrimonio, apostillado.
Certificado literal de nacimiento del cónyuge español
Fotocopia del DNI y/o pasaporte de ambos cónyuges
(23/04/2002)

Si aporto copia del DNI; ¿pueden pedirme el original para su cotejo?
No existe, como tal, un listado de trámites que requieran necesariamente el cotejo del documento original con la copia aportada del mismo, por lo que le aconsejamos que siempre que presente la copia del DNI para la realización de cualquier actuación ante cualquiera de las Administraciones, lleve consigo el Documento original.
El cotejo entre ambos documentos lo realizará el funcionario del órgano ante el que se siga el trámite correspondiente.
(11/03/2002)

Si estoy soltero; ¿cómo puedo demostrar mi Estado Civil?
El único medio de demostrar que está soltero es haciendo una comparecencia ante el Registro de su domicilio acompañado, como mínimo, de un testigo mayor de edad.
En este acto, declarará, bajo su responsabilidad, cuál es su estado civil, que será refrendado por el testigo que usted aporte. (11/03/2002)

¿Cómo se rectifican los errores de las inscripciones de los Registros Civiles?
Para proceder a la rectificación de errores en las inscripciones que obran en los Registros, comparecerá la persona en el Registro Civil de su domicilio aportando los documentos que acrediten tal inexactitud. Una vez realizado este trámite, el Registro de su domicilio se pondrá en contacto con el Registro en que obre su certificado de nacimiento para proceder a su modificación. (11/03/2002)

¿Qué es el Certificado Internacional?
La Certificación Internaiconal es una certificación en extracto cuya peculiaridad es que al estar redactada en varios idiomas permite su presentación en otros países cuyo idioma oficial no sea el castellano sin necesidad de que sea traducida. (11/03/2002)

¿Caducan las partidas de nacimiento?
La regla general es que las partidas de nacimiento no caducan, siempre y cuando sean utilizadas para acreditar los avatares del nacimiento.
En cambio, sí se exigirá una certificación actualizada para la gestión de ciertos trámites en los que se deba apreciar que la partida presentada es actual, como la recuperación de la nacionalidad, vecindad, ... (26/02/2002)

¿Qué tipos de certificados se pueden pedir a través de JustiziaNET?
A través de JustiziaNET vas a poder solicitar certificados de NACIMIENTO, MATRIMONIO y/o DEFUNCIÓN a los Registros Civiles de Euskadi.
Si los datos aportados son correctos y no hay causa legal que lo impida, recibirás por correo normal y sin que te suponga ningún coste el certificado solicitado. (11/01/2002)

La Sentencia extranjera de divorcio, ¿es suficiente para acreditar la libertad de estado civil de los extranjeros?
Sí. La libertad de estado civil de los extranjeros para contraer matrimonio en España debe apreciarse atendiendo a su ley personal determinada por la nacionalidad. Lo que no es admisible es la declaración de divorcio acordado por autoridad religiosa, siendo competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales. (29/11/2001)

¿Es requisito para casarse en España la residencia legal del extranjero?
No es requisito para iniciar el expediente matrimonial, ni es obstáculo legal para la celebración. (29/11/2001)

¿Qué coste supone la realización de expedientes y certificados por el Registro Civil?
Ninguno; las actuaciones del Registro Civil son totalmente gratuitas (29/11/2001)

¿Se puede expedir duplicado de Libro de Familia si existe divorcio o separación judicial?
Sí; el Registro Civil consiente que existan vigentes y con efecto los dos Libros de Familia (29/11/2001)