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¿ Cómo votar en los Consulados ?

Voto de los ciudadanos argentinos en el exterior:


La Ley 24.007 de Creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior y su correspondiente Decreto Reglamentario Nº 1138/93 permite a los ciudadanos argentinos residentes en el exterior ejercer el derecho de voto para la elección de autoridades nacionales.
Para ello, el ciudadano argentino -que cumpla con los requisitos que más adelante se detallan- debe encontrarse inscripto en el Registro de Electores Residentes en el Exterior del Consulado argentino correspondiente a la jurisdicción donde reside, con una anticipación suficiente al momento de la elección.

La inscripción a dicho Registro, que se actualiza dos (2) veces al año, es VOLUNTARIA, así como el derecho a voto.

A los efectos de poder resultar inscriptos en el mencionado Registro de Electores, el ciudadano argentinos residente en el exterior debe reunir los siguientes

REQUISITOS:

-Ser argentino nativo (incluye argentinos por opción) o naturalizado.
-Presentar su D.N.I., L.E. o L.C. con el domicilio dentro de la jurisdicción del Consulado, caso contrario, deberá efectuar el cambio de domicilio correspondiente.
-No estar comprendido dentro de la inhabilitaciones determinadas por la ley argentina.

Información del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto