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¿ Cómo votar en los Consulados ?
Voto de los ciudadanos argentinos en el exterior:
La Ley 24.007 de Creación del
Registro de Electores Residentes en el Exterior y su correspondiente
Decreto Reglamentario Nº 1138/93 permite a los ciudadanos argentinos
residentes en el exterior ejercer el derecho de voto para la elección
de autoridades nacionales.
Para ello, el ciudadano argentino -que cumpla con los requisitos que
más adelante se detallan- debe encontrarse inscripto en el Registro
de Electores Residentes en el Exterior del Consulado argentino correspondiente
a la jurisdicción donde reside, con una anticipación suficiente al
momento de la elección.
La inscripción a dicho Registro, que se actualiza dos (2) veces al
año, es VOLUNTARIA, así como el derecho a voto.
A los efectos de poder resultar inscriptos en el mencionado Registro
de Electores, el ciudadano argentinos residente en el exterior debe
reunir los siguientes
REQUISITOS:
-Ser argentino nativo (incluye argentinos
por opción) o naturalizado.
-Presentar su D.N.I., L.E. o L.C.
con el domicilio dentro de la jurisdicción del Consulado, caso contrario,
deberá efectuar el cambio de domicilio correspondiente.
-No estar comprendido dentro de la
inhabilitaciones determinadas por la ley argentina.
Información del Ministerio
de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
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