7 DE ENERO DE 2005


Entra en vigor el 7 de febrero
Se ha publicado en el BOE el Reglamento de la Ley de Extranjería


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy, 7 de enero, el Real Decreto 2393/2004 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería.

El Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, entrará en vigor el próximo día 7 de febrero.

De acuerdo a la Disposición Adicional Tercera de la citada norma, se abrirá a partir de su entrada en vigor un proceso de "normalización" de trabajadores inmigrantes que se encuentran en situación irregular, que permitirá que durante un periodo de 3 meses -es decir, hasta el 7 de mayo- los empresarios o empleadores puedan regularizar a los trabajadores inmigrantes que cumplan con las exigencias que el nuevo Reglamento indica.

Para poder regularizar su situación durante los tres meses del periodo transitorio, los trabajadores deberán haber llegado a España y encontrarse empadronados en un Municipio español, como mínimo seis meses antes del 7 de febrero -esto es, antes del 7 de agosto de 2004.

El empleador o empresario -y no el trabajador-, deberá presentar la documentación que incluirá:

-A)Certificado de empadronamiento del trabajador (mínimo 6 meses previos al 7 de febrero).
-B)Certificado de Antecedentes penales del país ó países donde hubiera residido el inmigrante en los últimos 5 años.
-C)Contrato de Trabajo por un mínimo de seis meses, excepto para algunos sectores.

Una vez obtenida la resolución favorable, será obligatoria la Afiliación o Alta del trabajador en la Seguridad Social.

Aquellos extranjeros que no hayan podido regularizar su situación durante el periodo de vigencia de la Disposición Adicional Tercera, dispondrán de otras alternativas en la segunda fase, cuando comience a aplicarse el régimen ordinario del Reglamento. Así, tendrán de forma estable: el ‘arraigo laboral’ y el ‘arraigo tradicional’.

Más información en: http://www.hispanoargentinos.com/legislacion/regularizacion_2005.htm

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