2 de abril de 2007

 

Modificaciones en las leyes italianas dificultan la obtención de la ciudadanía en Italia

Desde mediados de febrero se suprimieron los permisos breves de turismo. Ante las reiteradas consultas que realizan los lectores, hemos solicitado a los titulares del sitio Ciudadaniaenitalia.com, que nos aclaren la situación. Se sugiere extremar las precauciones para evitar engaños o desilusiones debido a los mencionados cambios.

Según sus comentarios, hasta el pasado 11 de diciembre, se podía obtener normalmente el único permiso breve (Permesso di Soggiorno per Turismo) factible para quien no podía demostrar parentesco con italiano, trabajo, estudio, etc. Este tipo de permisos enfrentan un procedimiento mucho mas complicado que el que tenían los permisos de turismo.

Desde el 11 de diciembre y hasta el pasado 15 de febrero inclusive, los Permisos de Estadía de Turismo se hacían por correo. Como resultado de esa nueva operatoria, muy poca gente fue citada por la Policía para recibirlos, quedando ilegal "a menos que haga una causa en tutela de sus derechos", comentaron.

Desde el 16 de febrero, el Decreto Ley 10 del 15.2.07 suprimió los permisos breves de turismo.

Hay que extremar las precauciones para evitar engaños, pues algunos gestores, dicen que a la gente que pueden obtener el Permiso de Estadía en Espera de Ciudadania (Permessi di Soggiorno - Pds- in attesa di cittadinanza).

"Si bien es verdad que algunas (muy pocas) Jefaturas de Policía los conceden, lo real es que estos permisos de estadía requieren un permiso de estadía previo por cualquier otro motivo".

¿Cómo logran hacer esto?. Es simple, desde el momento en que todos los Pds se obtienen por correo, y las indicaciones impresas de los mismos no solicitan la exhibición de un Pds anterior, y sobre todo, que el empleado de correos ignora la topología de permisos posibles y sus condiciones, el gestor se presenta ante la ventanilla de Correos con su cliente, con pasaporte, sellos, una declaración de la Municipalidad de que la documentación esta en orden y completa para solicitar la ciudadanía, y envían toda la documentación al Centro de Servicios que a su vez, la enviara a la Jefatura de Policía para ser analizada, y allí, obviamente cuando llegue el momento, denegaran al interesado la solicitud, o bien, lo llamaran para que exhiba el Pds anterior (cosa que no tendra).

De acuerdo siempre a la información del sitio Ciudadaniaenitalia.com, la normativa de aplicación que da lugar a lo que se comenta, es:

El Decreto Legislativo (La famosa ley Bossi-Fini) n 286/98 y sobre todo su reglamentación: Decreto del Presidente de la Republica n. 394/99 que dice textualmente en su articulo 11:

"Otorgamiento del Pds. 1. El permiso de estadía se otorga, cuando existan las condiciones, por los motivos y la duración indicados en el sello de ingreso o por la ley 286/98, o bien por uno de los siguientes motivos:
(omissis) c) Por adquisición de ciudadanía o del estado de apatrida, a favor del extranjero, YA EN POSESIÓN DE OTRO PERMISO DE ESTADÍA POR OTROS MOTIVOS, por la duración del procedimiento de concesión o DE RECONOCIMIENTO". (omissis).

"La gente queda conforme porque va al Correo, ve que el empleado le pide el pasaporte, controla atentamente sus datos, sella muchas hojas, le da recibos importantes, etc. Pero cuando llegue el momento, una vez pasados por lo menos 3 meses mas de espera, a menos que la Jefatura de Policía cometa un error, vera rechazado su pedido de permiso de estadía". De esta forma, el extranjero quedara ilegal en Italia y el resto de la UE.


Fuente: Ciudadaniaenitalia.com

 
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