Modificaciones
en las leyes italianas dificultan la obtención
de la ciudadanía en Italia
Desde
mediados de febrero se suprimieron los
permisos breves de turismo. Ante las reiteradas
consultas que realizan los lectores, hemos
solicitado a los titulares del sitio Ciudadaniaenitalia.com,
que nos aclaren la situación. Se
sugiere extremar las precauciones para
evitar engaños o desilusiones debido
a los mencionados cambios.
Según
sus comentarios, hasta el pasado 11 de
diciembre, se podía obtener normalmente
el único permiso breve (Permesso
di Soggiorno per Turismo) factible para
quien no podía demostrar parentesco
con italiano, trabajo, estudio, etc. Este
tipo de permisos enfrentan un procedimiento
mucho mas complicado que el que tenían
los permisos de turismo.
Desde
el 11 de diciembre y hasta el pasado 15
de febrero inclusive, los Permisos de
Estadía de Turismo se hacían
por correo. Como resultado de esa nueva
operatoria, muy poca gente fue citada
por la Policía para recibirlos,
quedando ilegal "a menos que haga
una causa en tutela de sus derechos",
comentaron.
Desde
el 16 de febrero, el Decreto Ley 10 del
15.2.07 suprimió los permisos breves
de turismo.
Hay
que extremar las precauciones para evitar
engaños, pues algunos gestores,
dicen que a la gente que pueden obtener
el Permiso de Estadía en Espera
de Ciudadania (Permessi di Soggiorno -
Pds- in attesa di cittadinanza).
"Si
bien es verdad que algunas (muy pocas)
Jefaturas de Policía los conceden,
lo real es que estos permisos de estadía
requieren un permiso de estadía
previo por cualquier otro motivo".
¿Cómo
logran hacer esto?. Es simple, desde el
momento en que todos los Pds se obtienen
por correo, y las indicaciones impresas
de los mismos no solicitan la exhibición
de un Pds anterior, y sobre todo, que
el empleado de correos ignora la topología
de permisos posibles y sus condiciones,
el gestor se presenta ante la ventanilla
de Correos con su cliente, con pasaporte,
sellos, una declaración de la Municipalidad
de que la documentación esta en
orden y completa para solicitar la ciudadanía,
y envían toda la documentación
al Centro de Servicios que a su vez, la
enviara a la Jefatura de Policía
para ser analizada, y allí, obviamente
cuando llegue el momento, denegaran al
interesado la solicitud, o bien, lo llamaran
para que exhiba el Pds anterior (cosa
que no tendra).
De
acuerdo siempre a la información
del sitio Ciudadaniaenitalia.com, la normativa
de aplicación que da lugar a lo
que se comenta, es:
El
Decreto Legislativo (La famosa ley Bossi-Fini)
n 286/98 y sobre todo su reglamentación:
Decreto del Presidente de la Republica
n. 394/99 que dice textualmente en su
articulo 11:
"Otorgamiento
del Pds. 1. El permiso de estadía
se otorga, cuando existan las condiciones,
por los motivos y la duración indicados
en el sello de ingreso o por la ley 286/98,
o bien por uno de los siguientes motivos:
(omissis) c) Por adquisición de
ciudadanía o del estado de apatrida,
a favor del extranjero, YA EN POSESIÓN
DE OTRO PERMISO DE ESTADÍA POR
OTROS MOTIVOS, por la duración
del procedimiento de concesión
o DE RECONOCIMIENTO". (omissis).
"La
gente queda conforme porque va al Correo,
ve que el empleado le pide el pasaporte,
controla atentamente sus datos, sella
muchas hojas, le da recibos importantes,
etc. Pero cuando llegue el momento, una
vez pasados por lo menos 3 meses mas de
espera, a menos que la Jefatura de Policía
cometa un error, vera rechazado su pedido
de permiso de estadía". De
esta forma, el extranjero quedara ilegal
en Italia y el resto de la UE.
Fuente: Ciudadaniaenitalia.com