Se publicó la Ley de Memoria Histórica Dentro
de un año podrán solicitar
la Nacionalidad española los hijos
y nietos de exiliados políticos El
pasado jueves, se publicó en el Boletín
Oficial del Estado, la Ley 52/2007,
de 26 de diciembre, por la que se reconocen
y amplían derechos y se establecen
medidas en favor de quienes padecieron persecución
o violencia durante la guerra civil y la
dictadura.
La
conocida popularmente como "Ley de
Memoria Histórica" había
superado el trámite en el Senado
el pasado 10 de diciembre y solo restaba
su publicación en el BOE. Según
estimaciones oficiales, cerca de un millón
de personas podrán obtener la nacionalidad
española en virtud de dicha ley.
La
Disposición adicional séptima
de la norma publicada en el BOE, hace referencia
a la adquisición de la nacionalidad
española, y dice textualmente.
"Disposición
adicional séptima. Adquisición
de la nacionalidad
española. :
1.
Las personas cuyo padre o madre hubiese
sido
originariamente español podrán
optar a la nacionalidad
española de origen si formalizan
su declaración en el
plazo de dos años desde la entrada
en vigor de la presente
Disposición adicional. Dicho plazo
podrá ser prorrogado
por acuerdo de Consejo de Ministros hasta
el límite
de un año.
2. Este derecho también se reconocerá
a los nietos
de quienes perdieron o tuvieron que renunciar
a la nacionalidad
española como consecuencia del exilio".
La Disposición Final Segunda de la
Ley publicada en el BOE, especifica que
entrará en vigor el año próximo,
a decir textualmente:
"
Disposición final segunda. Entrada
en vigor. La presente Ley entrará en vigor
al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial del Estado,
con excepción de la Disposición
Adicional Séptima que lo hará
al año de su publicación".
El
año de demora hasta la entrada en
vigor de la Disposición Adicional
Séptima, se habría estipulado
para dar la posibilidad a los consulados
y los registros civiles afectados, de prepararse
para el aluvión de solicitudes y
evitar el colapso.
Por
lo tanto, a partir del 27 diciembre de 2008,
los descendientes de españoles tendrán
dos años para solicitar la nacionalidad
española, plazo que el gobierno español
puede prorrogar un año más.