Voto
de argentinos en el exterior
Últimas dos semanas para registrarse
y votar en las presidenciales de octubre
El
30 del corriente mes, finaliza el plazo
para registrarse en el Registro de Electores
Residentes en el Exterior y poder votar
en las elecciones argentinas de octubre
Menos
del 0,5% de los argentinos residentes
en el exterior votaron en las elecciones
nacionales del 2003, según el sitio
"Argentinos, a votar", que lanzó
en marzo pasado una campaña apartidaria
que pretende incentivar el sufragio para
las próximas presidenciales.
El
plan está dirigido a un millón
de personas, de los cuáles sólo
5.000 participaron en la última
contienda electoral, manifestó
el responsable de Argentinosavotar.org.
"Sin
importar tu estatus migratorio, realizá
el cambio de tu domicilio y registráte
para votar antes del 30 de Junio del 2007
en el Consulado Argentino más cercano
a tu domicilio y votá en las elecciones
Nacionales del Domingo 28 de Octubre del
2007", impulsan.
¿
Cómo votar en los Consulados ?
Voto
de los ciudadanos argentinos en el exterior:
La
Ley 24.007 de Creación del Registro
de Electores Residentes en el Exterior
y su correspondiente Decreto Reglamentario
Nº 1138/93 permite a los ciudadanos
argentinos residentes en el exterior ejercer
el derecho de voto para la elección
de autoridades nacionales.
Para ello, el ciudadano argentino -que
cumpla con los requisitos que más
adelante se detallan- debe encontrarse
inscripto en el Registro de Electores
Residentes en el Exterior del Consulado
argentino correspondiente a la jurisdicción
donde reside, con una anticipación
suficiente al momento de la elección.
La inscripción a dicho Registro,
que se actualiza dos (2) veces al año,
es VOLUNTARIA, así como el derecho
a voto.
A los efectos de poder resultar inscriptos
en el mencionado Registro de Electores,
el ciudadano argentinos residente en el
exterior debe reunir los siguientes REQUISITOS:
-Ser
argentino nativo (incluye argentinos por
opción) o naturalizado.
-Presentar su D.N.I., L.E. o L.C. con
el domicilio dentro de la jurisdicción
del Consulado, caso contrario, deberá
efectuar el cambio de domicilio correspondiente.
-No estar comprendido dentro de la inhabilitaciones
determinadas por la ley argentina.