31 de diciembre de 2008

 

Los Consulados españoles ya otorgaron miles de turnos
Los hijos y nietos de españoles ya pueden solicitar la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica

Desde el lunes, los hijos y nietos pueden solicitar el reconocimiento de su derecho a la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Histórica. Si bien hay tiempo hasta para presentar la solicitud hasta el 29 de diciembre de 2010, en varios consulados españoles se formaron largas colas para obtener los impresos de solicitud (que pueden ser obtenidos por Internet) al igual que los turnos. ¿Quiénes pueden optar a la nacionalidad española de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre? Muchos, pero no todos. A veces surge claramente el derecho, y otras es confuso. Se recomienda no quedarse con la primera opinión negativa.

En Argentina reside la mitad de los aproximadamente un millón de españoles en la diáspora. Previendo la demanda de trámites al entrar en vigor la Ley de Memoria Histórica, el Consulado Español en Buenos Aires duplicó su capacidad para atender trámites vinculados al registro civil, por lo que actualmente puede atender unas 250 personas por día. Puesto que está dando turnos para mediados de abril, se estima que ya habría entregado unas 10.000 citas, informó la agencia Europa Press citando fuentes consulares. La misma cantidad de impresos de solicitud (Anexo I) se entregaron en el Consulado en La Habana, donde hay colas desde hace días, pues en esa país el acceso a Internet está al alcance de muy pocos ciudadanos. En cambio, para el caso del Consulado porteño, el lunes apenas se notaba algo más de movimiento que otros días.

La Administración pública española ha publicado en varios sitios oficiales, las instrucciones para presentar la solicitud los residentes en el exterior los residentes en España. Al ser los supuestos tan amplios, cada caso en particular requiere un minucioso análisis para determinar si un descendiente es derechohabiente a la nacionalidad. Los foros de Internet como el de HispanoArgentinos.Com están desmenuzando la Ley para intentar determinar en cada caso, si a uno u otro participante le corresponde el derecho. Puesto que en algunos casos, es difícil determinar si un descendiente tiene derecho a la nacionalidad española -aún para expertos- recomendamos no quedarse con la primera opinión negativa, y en lo posible, realizar la solicitud y que sean los funcionarios, quienes oficialmente y de manera fehaciente, se expidan en uno u otro sentido, para poder recurrir la resolución en caso de corresponder.

Los trámites de solicitud son gratuitos y no se requiere asistencia legal para iniciarlos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores de España, ha publicado una página web pensada para las personas que residan en el extranjero interesadas en la opción a la nacionalidad española de origen, según la Ley 52/2007.  Asimismo, indica que quienes residan en España, pueden dirigirse a la página web del Registro Civil de su domicilio, o a la página web de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia ( la web del Ministerio de Justicia.) . Anexo:  BOE Nº 285 de 26/11/2008.

La página del Ministerio ofrece toda la información al respecto y permite solicitar cita previa para la presentación de la documentación necesaria en el Consulado General de España o en la Sección Consular de la Embajada de España en cuya demarcación resida. Las preguntas respondidas en dicha página se reproducen aquí abajo, al igual que el link para solicitar cita.

Esta página del MAE indica que ha sido elaborada a partir de la Instrucción de 4 de noviembre de 2008 de la DGRN del Ministerio de Justicia, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007.

Concertar cita previa para obtener la nacionalidad

 

Notas Relacionadas:

31/12/08 Los argentinos en el exterior deberíamos "aplicarnos el cuento" y optar por la nacionalidad argentina de nuestros hijos en el Consulado Argentino que nos corresponda

27/11/08 Requisitos para solicitar la Nacionalidad Española - Ley de Memoria Histórica

 

© HispanoArgentinos.Com - Se autoriza la reproducción de ésta nota siempre que se citen las fuentes