31 de diciembre de 2008

Editorial:
Los argentinos en el exterior deberíamos "aplicarnos el cuento" y optar por la nacionalidad argentina de nuestros hijos en el Consulado Argentino que nos corresponda

Las colas en los consulados españoles de países como Argentina o Cuba, de hijos o nietos de españoles que buscan adquirir la nacionalidad española por motivos sentimentales en algunos casos, o como "tabla de salvación" para ellos o sus hijos, en otros, nos lleva a la siguiente reflexión: ¿habrán imaginado aquellos emigrantes que salían en estampida, huyendo del hambre, la guerra ó -por qué no- persiguiendo un sueño o un amor; que un día sus hijos o nietos buscarían abrazar la nacionalidad española y sentirse hijos de esa tierra de sufrimiento con forma de piel de toro? Quizás, de haberlo pensado, en algunos casos (pues no todos hubiesen podido hacerlo) habrían inscripto a sus hijos en el Consulado español cuando aún eran menores de edad, evitando dolores de cabeza a una o dos generaciones.

Viendo las consecuencias de esas omisiones, los argentinos en el exterior deberíamos "aplicarnos el cuento" y optar por la nacionalidad argentina de nuestros hijos en el Consulado Argentino que nos corresponda, antes de que cumplan la mayoría de edad y sea más dificultoso. Es suficiente con que uno de los dos padres sea argentino. La opción por la nacionalidad argentina podrá ser formulaba por quien ejerza la patria potestad (decreto 231/95). En los casos en que existe convenio de doble nacionalidad -como España o Italia- nuestros hijos pueden adquirir la nacionalidad argentina sin renunciar a la nacionalidad que ya tuvieran.

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