Los castellanos y leoneses que
vuelvan a su tierra podrán cobrar durante un año el
salario social
El colectivo podrá acceder a
partir del 1 de enero del próximo año 2005 a una paga
mensual de 345,38 euros
E.E. Valladolid.
Los emigrantes castellanos y leoneses
mayores de 65 años que retornen a la comunidad podrán
cobrar durante un año el salario social autonómico
(Ingreso Mínimo de Inserción, conocido como IMI) a
partir del próximo 1 de enero.
Esta ayuda regional supone una paga mensual de 345,38
euros. La medida, incluida en el nuevo decreto que
regulará el IMI, soluciona la situación de desamparo
económico con la que tropezaban, al aterrizar en
Castilla y León, los emigrantes con exiguas o nulas
pensiones de los países a los que emigraron. “Entre los
requisitos exigidos para el cobro de una pensión no
contributiva estatal figura el de un año de residencia
en territorio español”, precisa la consejera de Familia
e Igualdad de Oportunidades, Rosa Valdeón.
Hasta cumplir esos doce meses los emigrantes no
tenían derecho a percibir otro subsidio, incluido el
IMI, porque este es un salario que combate la pobreza
entre los menores de 65 años y que tiene como objetivo
la inserción laboral de los beneficiarios.
Este requisito, el de no exceder de 65 años, será el
que cambie a partir de enero para ciudadanos de la
región residentes fuera de España. “Informaremos a las
casas regionales en el extranjero, aunque no esperamos
ningún ‘efecto llamada’ con una llegada masiva de
emigrantes”, avanza Rosa Valdeón. Los posibles
beneficiarios forman parte del contingente de cerca de
noventa mil residentes fuera de España con derecho a
voto en la región, lo que se ha bautizado como la décima
provincia electoral.
La apertura del IMI a este colectivo es fruto de una
recomendación del Procurador del Común, Manuel García
Álvarez, que ha tramitado dos quejas al respecto, una de
ellas con origen en Argentina. García Álvarez aconsejó a
la Junta otorgar su salario social a aquellos emigrante
castellanos y leoneses, mayores de 65 años, que cumplan
todos los requisitos para cobrar una pensión no
contributiva, salvo el de la residencia en
España.