martes 26 de octubre de 2004

 


El Gobierno dejará en manos de empresarios y alcaldes la mayor regularización de inmigrantes


Caldera da marcha atrás y aumenta de dos a tres años el tiempo de estancia necesaria para obtener papeles sin un contrato de trabajo


El Gobierno dará mayor peso a los alcaldes de los municipios en lo que a legalización de inmigrantes se refiere al quedar en sus manos la posibilidad de demostrar dos de los tres trámites necesarios para regularizarse por la vía del arraigo. Esto es, acreditar la estancia continuada en España durante tres años (con el resguardo de empadronamiento) y presentar un informe del Ayuntamiento que certifique su integración social. Al inmigrante sólo le queda conseguir un contrato de trabajo firmado por el empresario como último requisito para obtener papeles. Además, el Ejecutivo ha ampliado de dos a tres años el tiempo de estancia obligatorio para regularizarse sin contrato por arraigo laboral, según recoge el reglamento de Extranjería que hoy negocia con patronal y sindicatos.


Rocío Ruiz
Madrid- El Gobierno prepara una de las mayores legalizaciones de inmigrantes que se hayan producido hasta ahora en España en la que los empresarios y los ayuntamientos tendrán la sartén por el mango. En el primero de los casos, porque para legalizarse será necesario contar con un contrato de trabajo y, en el segundo, porque queda en manos de los ayuntamientos la posibilidad de demostrar dos de los tres requisitos obligatorios para regularizarse por la vía del arraigo, uno de los cauces abiertos para conceder papeles a los inmigrantes que están en situación irregular en España y que Zapatero ha estimado en 800.000. Así se constata en el reglamento de la Ley de Extranjería que prepara el Gobierno y que no para de remendar. De esta forma, para legalizarse por la vía del arraigo será necesario cumplir tres requisitos: acreditar la permanencia continuada en España durante un período mínimo de tres años (un trámite que se cumple con sólo aportar el resguardo de inscripción en el padrón municipal) y obtener un informe del alcalde del municipio que certifique su integración social. Sólo queda en manos del inmigrante conseguir la tercera condición, un contrato de trabajo firmado por el empresario. El último borrador de reglamento que manejaba ayer la secretaría de Estado de Extranjería rectificaba otra de las exigencias para legalizarse por la nueva vía inventada por el titular de Trabajo, Jesús Caldera: el llamado «arraigo laboral». Para obtener los papeles por este cauce será necesaria la permanencia continuada en España durante un mínimo de tres años, en lugar de dos, como había propuesto en un principio. El inmigrante tendrá que demostrar, además, que ha estado trabajando durante un año, como mínimo, en una o varias actividades laborales, aunque sea en la economía sumergida. En este caso, no será preciso disponer de un contrato. No obstante, se constatará que el inmigrante en cuestión «carezca de antecedentes penales en España y en su país de origen», según recoge el reglamento. El Gobierno se lo pondrá más fácil a los inmigrantes que pretenden montar un negocio y quita exigencias para acceder a permisos de residencia para trabajar por cuenta propia. No será necesario que demuestre que cuenta con recursos económicos adicionales para la manutención y alojamiento sin trabajar en otra actividad y sin recurrir a fondos públicos durante un año, como el Gobierno requería en un principio. Sólo tendrá que presentar una previsión de que el ejercicio de la actividad producirá desde el primer año recursos económicos suficientes al menos para su manutención y alojamiento. El Ejecutivo consensúa hoy con la patronal y los sindicatos el texto final de reglamento de la Ley de Extranjería y la disposición transitoria que permitirá la apertura del quinto proceso extraordinario de documentación de extranjeros que ha habido en España en los últimos cuatro años y que tendrá una duración de tres meses. En este tiempo, el Gobierno legalizará a los irregulares que dispongan de un contrato de tres meses, para la agricultura, y de seis para el resto de actividades, a los que se obligará a estar empadronados seis meses antes de la entrada en vigor del reglamento. Las empleadas de hogar, al igual que en los casos anteriores, podrán obtener también un permiso de trabajo y residencia por un año si trabajan un mínimo de treinta horas semanales. Las solicitudes que se presenten en estos tres meses «se tramitarán con carácter preferente», según expone la disposición transitoria. Ahora bien, la autorización estará condicionada a que en el plazo de un mes desde la notificación se produzca la afiliación y/o alta en la Seguridad Social del trabajador. En caso contrario, quedará sin efecto y se requerirá al empresario y al inmigrante «para que indiquen las razones por las que no se ha iniciado la relación laboral». El Gobierno advierte que «si no alegan ninguna justificación o si las razones aducidas se consideran insuficientes podrán denegarse posteriores solicitudes». Durante la regularización extraordinaria, el Gobierno concederá una amnistía fiscal a los empresarios, que no tendrán que hacer frente a las cuotas impagadas a la Seguridad Social. Los extranjeros tampoco tendrán que denunciar a los empresarios para obtener papeles.

 
 

 





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