Los flujos
migratorios // NUEVO
PROCESO EXTRAORDINARIO EN TORNO A LA INMIGRACIÓN
CLANDESTINA El Gobierno
pacta por vez primera una regularización de inmigrantes
• El acuerdo con sindicatos y
empresarios abre la vía para documentar a un millón de 'sin
papeles' • Los irregulares
deberán llevar al menos medio año en España y tener un
contrato de seis meses
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Primer gran pacto social de la legislatura. El
ministro de Trabajo, Jesús Caldera, cerró ayer con empresarios
y sindicatos un acuerdo sin precedentes sobre el reglamento de
extranjería que incluye, entre otras novedades, un proceso de
regularización al que podrá optar el más de un millón de
irregulares que hoy viven en España. El objetivo es acabar con
esta enorme bolsa de sin papeles.
EL
CALENDARIO Tres meses de plazo para presentar las
solicitudes
Para acogerse a la regularización el
extranjero deberá llevar un mínimo de seis meses empadronado
en un municipio español cuando entre en vigor el nuevo
reglamento. Esto podría suceder, según Caldera, a primeros de
enero. Es decir, del proceso quedarán excluidos "los llegados
a España después de junio". Empresarios e inmigrantes
podrán empezar a presentar las solicitudes también a partir de
la entrada en vigor del reglamento en las oficinas que
habilitará al efecto el Ministerio de Trabajo. El plazo durará
tres meses, que, si se cumple el calendario apuntado por
Caldera, serían enero, febrero y marzo. Aunque el Gobierno
rebaja la cifra a la baja, la comparación de las estadísticas
del padrón con los registros policiales arrojaba el pasado 1
de enero un saldo de casi 1,5 millones de extranjeros en
situación irregular. Es decir, empadronados pero sin papeles.
Casi todos intentarán obtener los permisos. Sólo los menores
de edad quedarán fuera al no poder trabajar, pero su padres
podrán reclamar la reagrupación familiar.
LA
CLAVE Un puesto de trabajo de duración
flexible
El otro requisito que deberá cumplir el
solicitante es disponer de un contrato de trabajo de una
duración mínima de seis meses. ¿Cómo puede tener contrato un
irregular? La pregunta tiene fácil respuesta. El inmigrante
clandestino puede firmar el contrato con su empresario para
presentarlo ante la Administración, aunque no será efectivo
hasta que ésta conceda el correspondiente permiso de trabajo y
residencia y el empleador dé al trabajador de alta en la
Seguridad Social. La duración del contrato podrá ser
inferior en determinados sectores. Por ejemplo, en la
agricultura, el mínimo serán tres meses, mientras que en la
hostelería y la construcción se exigirán seis, pero éstos
podrán tener carácter discontinuo. Un caso específico es el
de las empleadas de hogar que trabajan en varias casas. Podrán
obtener papeles siempre y cuando los dueños de las viviendas
les garanticen en total un mínimo de 30 horas semanales
durante seis meses. Caldera, que se resiste a reconocer que
el proceso abierto es una regularización, recordó que se exige
un contrato porque el objetivo es "normalizar y legalizar la
situación únicamente de aquellos que están desempeñando un
trabajo en España" en coherencia con el nuevo enfoque laboral
de la inmigración. El requisito ha empezado a crear ya
zozobra en algunos colectivos. La asociación
hispano-ecuatoriana Ruminhaui exigió ayer al ministerio que
clarifique qué pasará con el inmigrante cuyo empresario no
quiera formalizar un contrato y pidió protección para el
mismo.
LA VALORACIÓN La patronal prevé un gran
aumento del empleo
El acuerdo entre sindicatos,
empresarios y el Gobierno es el primer fruto de la mesa para
el diálogo social creada a iniciativa del nuevo Ejecutivo el
pasado mes de julio. Caldera destacó que es el reglamento con
mayor acuerdo y participación de España y aseguró que se han
examinado mas de 4.000 folios de aportaciones llegadas de
todos los sectores sociales y políticos. El secretario
general de la patronal CEOE, Juan Jiménez Aguilar, auguró que
la regularización se traducirá en un volumen de creación de
empleo "muy notable" en el 2005, mientras que Julio Ruiz
(CCOO) destacó la importancia de un proceso que acabará con
"una enorme bolsa de economía sumergida". La responsable de
inmigración de UGT, Almudena Fontecha, aseguró que, más allá
de la regularización, el texto del reglamento "tiene una
vocación de continuidad" al margen de los vaivenes
políticos. Las principales novedades del nuevo texto
residen en la apertura de nuevas vías de regularización
ordinaria y la creación de mecanismos más ágiles para que los
extranjeros lleguen legalmente a España.
EL
REGLAMENTO Demostrar que se ha trabajado un
año
Una vez finalizado el proceso extraordinario,
hacia el mes de abril, al inmigrante que quede en situación
irregular le quedarán en el futuro dos vías para acceder a los
ansiados papeles: el arraigo laboral y el arraigo
social. El primero es una novedad de este reglamento y
permite regularizar a aquellos extranjeros que lleven dos años
viviendo en España y demuestren que han trabajado un año en
situación irregular. Esta última condición no es fácil de
cumplir porque se exige una sentencia judicial o el acta
definitiva de una inspección de trabajo. No basta con una
denuncia seguida de un acuerdo posterior con el empresario, al
que se le perdonaba la multa, como se establecía en la versión
inicial del reglamento. Ahora será muy difícil que un
irregular denuncie al empresario para obtener una sentencia
favorable porque se quedará sin trabajo.
EL ARRAIGO
SOCIAL Tres años de estancia y un informe
municipal
La regularización por arraigo social
mantiene unas condiciones similares a las establecidas en
anteriores reglamentos. Hará falta llevar tres años en España,
contar con un contrato de trabajo sin duración mínima y
cumplir uno de estos dos requisitos adicionales: tener
vínculos familiares con un extranjero con los permisos en
regla o bien presentar un informe del ayuntamiento
"acreditando su inserción social". Los irregulares no
podrán obtener permisos por ninguna otra vía. El resto de
caminos para lograr papeles --el contingente anual, el régimen
general y los permisos de temporada-- quedan reservados para
la contratación de extranjeros en sus países de origen.
También se mantiene abierta la posibilidad de conceder visados
de búsqueda de empleo para determinadas profesiones y para los
hijos y nietos de españoles.
Noticia publicada en la
página 002 de la edición de Miércoles, 27 de octubre de 2004
de El Periódico - edición impresa. Para ver la página
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