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Los flujos migratorios // NUEVO PROCESO EXTRAORDINARIO EN TORNO A LA INMIGRACIÓN CLANDESTINA
El Gobierno pacta por vez primera una regularización de inmigrantes

• El acuerdo con sindicatos y empresarios abre la vía para documentar a un millón de 'sin papeles'
• Los irregulares deberán llevar al menos medio año en España y tener un contrato de seis meses

 
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 Visados sin escrúpulos
   


 
 
MANUEL VILASERÓ
MADRID


Primer gran pacto social de la legislatura. El ministro de Trabajo, Jesús Caldera, cerró ayer con empresarios y sindicatos un acuerdo sin precedentes sobre el reglamento de extranjería que incluye, entre otras novedades, un proceso de regularización al que podrá optar el más de un millón de irregulares que hoy viven en España. El objetivo es acabar con esta enorme bolsa de sin papeles.

EL CALENDARIO
Tres meses de plazo para presentar las solicitudes


Para acogerse a la regularización el extranjero deberá llevar un mínimo de seis meses empadronado en un municipio español cuando entre en vigor el nuevo reglamento. Esto podría suceder, según Caldera, a primeros de enero. Es decir, del proceso quedarán excluidos "los llegados a España después de junio".
Empresarios e inmigrantes podrán empezar a presentar las solicitudes también a partir de la entrada en vigor del reglamento en las oficinas que habilitará al efecto el Ministerio de Trabajo. El plazo durará tres meses, que, si se cumple el calendario apuntado por Caldera, serían enero, febrero y marzo.
Aunque el Gobierno rebaja la cifra a la baja, la comparación de las estadísticas del padrón con los registros policiales arrojaba el pasado 1 de enero un saldo de casi 1,5 millones de extranjeros en situación irregular. Es decir, empadronados pero sin papeles. Casi todos intentarán obtener los permisos. Sólo los menores de edad quedarán fuera al no poder trabajar, pero su padres podrán reclamar la reagrupación familiar.

LA CLAVE
Un puesto de trabajo de duración flexible


El otro requisito que deberá cumplir el solicitante es disponer de un contrato de trabajo de una duración mínima de seis meses. ¿Cómo puede tener contrato un irregular? La pregunta tiene fácil respuesta. El inmigrante clandestino puede firmar el contrato con su empresario para presentarlo ante la Administración, aunque no será efectivo hasta que ésta conceda el correspondiente permiso de trabajo y residencia y el empleador dé al trabajador de alta en la Seguridad Social.
La duración del contrato podrá ser inferior en determinados sectores. Por ejemplo, en la agricultura, el mínimo serán tres meses, mientras que en la hostelería y la construcción se exigirán seis, pero éstos podrán tener carácter discontinuo.
Un caso específico es el de las empleadas de hogar que trabajan en varias casas. Podrán obtener papeles siempre y cuando los dueños de las viviendas les garanticen en total un mínimo de 30 horas semanales durante seis meses.
Caldera, que se resiste a reconocer que el proceso abierto es una regularización, recordó que se exige un contrato porque el objetivo es "normalizar y legalizar la situación únicamente de aquellos que están desempeñando un trabajo en España" en coherencia con el nuevo enfoque laboral de la inmigración.
El requisito ha empezado a crear ya zozobra en algunos colectivos. La asociación hispano-ecuatoriana Ruminhaui exigió ayer al ministerio que clarifique qué pasará con el inmigrante cuyo empresario no quiera formalizar un contrato y pidió protección para el mismo.

LA VALORACIÓN
La patronal prevé un gran aumento del empleo


El acuerdo entre sindicatos, empresarios y el Gobierno es el primer fruto de la mesa para el diálogo social creada a iniciativa del nuevo Ejecutivo el pasado mes de julio. Caldera destacó que es el reglamento con mayor acuerdo y participación de España y aseguró que se han examinado mas de 4.000 folios de aportaciones llegadas de todos los sectores sociales y políticos.
El secretario general de la patronal CEOE, Juan Jiménez Aguilar, auguró que la regularización se traducirá en un volumen de creación de empleo "muy notable" en el 2005, mientras que Julio Ruiz (CCOO) destacó la importancia de un proceso que acabará con "una enorme bolsa de economía sumergida".
La responsable de inmigración de UGT, Almudena Fontecha, aseguró que, más allá de la regularización, el texto del reglamento "tiene una vocación de continuidad" al margen de los vaivenes políticos.
Las principales novedades del nuevo texto residen en la apertura de nuevas vías de regularización ordinaria y la creación de mecanismos más ágiles para que los extranjeros lleguen legalmente a España.

EL REGLAMENTO
Demostrar que se ha trabajado un año


Una vez finalizado el proceso extraordinario, hacia el mes de abril, al inmigrante que quede en situación irregular le quedarán en el futuro dos vías para acceder a los ansiados papeles: el arraigo laboral y el arraigo social.
El primero es una novedad de este reglamento y permite regularizar a aquellos extranjeros que lleven dos años viviendo en España y demuestren que han trabajado un año en situación irregular. Esta última condición no es fácil de cumplir porque se exige una sentencia judicial o el acta definitiva de una inspección de trabajo. No basta con una denuncia seguida de un acuerdo posterior con el empresario, al que se le perdonaba la multa, como se establecía en la versión inicial del reglamento. Ahora será muy difícil que un irregular denuncie al empresario para obtener una sentencia favorable porque se quedará sin trabajo.

EL ARRAIGO SOCIAL
Tres años de estancia y un informe municipal


La regularización por arraigo social mantiene unas condiciones similares a las establecidas en anteriores reglamentos. Hará falta llevar tres años en España, contar con un contrato de trabajo sin duración mínima y cumplir uno de estos dos requisitos adicionales: tener vínculos familiares con un extranjero con los permisos en regla o bien presentar un informe del ayuntamiento "acreditando su inserción social".
Los irregulares no podrán obtener permisos por ninguna otra vía. El resto de caminos para lograr papeles --el contingente anual, el régimen general y los permisos de temporada-- quedan reservados para la contratación de extranjeros en sus países de origen. También se mantiene abierta la posibilidad de conceder visados de búsqueda de empleo para determinadas profesiones y para los hijos y nietos de españoles.


Noticia publicada en la página 002 de la edición de Miércoles, 27 de octubre de 2004 de El Periódico - edición impresa. Para ver la página completa, descargue el archivo en formato PDF



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